Llega el verano y empezamos a pensar en cámaras de seguridad. Lo único seguro son las multas que se embolsa la AEPD

Llega el verano y empezamos a pensar en cámaras de seguridad. Lo único seguro son las multas que se embolsa la AEPD

  • No todo el mundo lo sabe, pero poner cámaras de videovigilancia puede ser ilegal

  • La Agencia Española de Protección de Datos ha marcado las directrices, pero pocos las cumplen

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Camara Casa
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Rubén Márquez

Editor - Trivia
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Rubén Márquez

Editor - Trivia

La cantinela de la okupación y la necesidad de tener tu vivienda controlada las 24 horas no sólo se ha convertido en un negocio multimillonario para las compañías de seguros y los instaladores de alarmas y seguridad privada. La multimillonaria facturación de 2024 en España, incluso sólo en ventas a través de internet, demuestran que los fabricantes de cámaras de vigilancia están haciendo su particular agosto.

Sin embargo, el grueso de sistemas de videoportero, mirillas digitales o cámaras de seguridad que se encuentran a un clic de distancia en Amazon y tiendas similares traen bajo el brazo una letra pequeña: están al borde de la ilegalidad. Ya no es sólo que utilizarlos de forma indebida pueda suponer que no sirvan como prueba porque se declare ilícita, sino que te enfrentas al riesgo de recibir multas de miles de euros.

Todo lo que hacemos mal con las cámaras de seguridad WiFI

La clave para entender los límites detrás de este tipo de cámaras de vigilancia que funcionan mediante WiFi o grabación con tarjeta de memoria los pone la Agencia Española de Protección de Datos agarrándose a cuatro reglas básicas: privacidad, minimización, información y retención. Basta con darse un paseo por cualquier urbanización para ver que casi nadie cumple ninguna.

Mientras la cámara sea para uso puramente privado, grabando sólo lo que está dentro de casa o tu parcela, y evitando cualquier atisbo de la vía pública o fincas de vecinos, la cámara de videovigilancia queda amparada por lo que se conoce como excepción doméstica. Lamentablemente las líneas son lo suficientemente finas como para suponer un problema.

Si la cámara está dentro de casa y apunta hacia la puerta, permitiendo que se grabe el exterior de la misma cuando está abierta, puede haber problemas. Si grabar la valla de tu casa permite ver la del vecino, también. Incluso si tienes un videoportero de esos a los que puedes acceder a través de una app en el móvil para ver si ha llegado ya el paquete que estás esperando, podrías estar incurriendo en una vulneración de la Ley de Protección de Datos.

Suma ahí problemas adicionales como la necesidad de tener un cartel visible para cualquiera que pueda ser grabado, firmar un contrato con el Reglamento General de Protección de Datos si envías señal a una central de alarmas, y por supuesto evitar grabar cualquier tipo de audio, compartir clips grabados o incluso conservar vídeos por más de 30 días. Digamos que está lejos de ser tan fácil como colocar la cámara y olvidarte del asunto.

Lo que dice la Ley de Protección de Datos

Para curarte en salud, estas son las claves para entender hasta qué punto estás exento de preocuparte por el Reglamento General de Protección de Datos y, si no se cumple, todo lo que debes hacer para cubrirte las espaldas ante una posible multa o el hecho de que el día de mañana tus grabaciones no sirvan de nada en un posible juicio.

En el caso de un videoportero que permita ver la calle o el rellano, la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales sólo se aplica en el caso de que vaya más allá de mostrar imágenes en tiempo real cuando alguien pica al timbre. Si hay captura o almacenamiento de imágenes, ofrece audio o permite acceso de forma remota, toca cumplir con distintas directrices.

Entre ellas están la aprobación de la junta de propietarios en el caso del rellano, un cartel oficial AEPD visible, borrar los contenidos en un periodo igual o inferior a 30 días, y facilitar el derecho de acceso a esas imágenes si algún vecino las reclama. La misma máxima debe seguirse en el caso de que una cámara interior pueda verse en el supuesto de grabar parte de una zona común.

¿Y si vivo en una casa y tengo cámaras? Pues o tienes los ángulos de grabación limitándose sólo al ámbito privado o, a poco que se pueda ver una parcela vecina o un trozo de calle, toca pasar por un proceso similar. Va a darte más dolores de cabeza de los que pensabas al comprar una cámara de 20 euros pensando que era la solución a todos tus problemas, pero al menos te ahorrarás todos los que puedan venir en el futuro.

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