La nueva ley sobre la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales también quiere poner sobre la mesa el debate sobre el derecho a la desconexión digital. Las reglas que marcan hasta qué punto es lógico o lícito que tu jefe te llame a tu teléfono privado, incluso en fin de semana y con una emergencia como excusa, ha vuelto a ponerse sobre la mesa durante los últimos días. Lo que para muchos resulta inadmisible tanto a nivel ético como legislativo, el Tribunal Supremo lo ha puesto en duda tras su última sentencia en Madrid.
La conversación vuelve a resurgir tras la demanda colectiva realizada por los trabajadores de una empresa que, de la mano de una asociación de varios sindicatos, denunció que en una de las cláusulas de su convenio colectivo se les obligaba a entregar tanto su correo electrónico como su número de teléfono personal para contactar con ellos "por urgencias del servicio". Trabajadores y sindicatos consideraban que eso suponía sobrepasar varias líneas rojas.
Derecho a la desconexión digital, pero poco
En cierto sentido, no les faltaba razón, así que bajo la premisa de limitar hasta qué punto puede invadirse la vida privada de los trabajadores, y evitar acciones que vulneren la ley de protección de datos de forma innecesaria, la Audiencia Nacional les dio la razón en 2022 anulando la cláusula al entenderse que vulneraba la Ley 10/2021 de trabajo a distancia y el derecho a la desconexión digital.
Tras recurrir la causa y ascender hasta el Tribunal Supremo, la Sala Cuarta de lo Social de Madrid ha terminado fallando a favor de la empresa. Se considera que la necesidad de contactar con los trabajadores está por encima de esa supuesta vulneración de derechos siempre y cuando se trate de una urgencia justificada y relacionada con las necesidades y obligaciones de esos mismos trabajadores.
La clave parece estar en el hecho de que, pese al deber de la empresa de ofrecer los medios de comunicación corporativos necesarios, la necesidad de acudir a un canal alternativo por si hay un fallo técnico o una emergencia no es desproporcionada. Además, al haber una cláusula relacionada con esa emergencia, respeta también la ley de protección de datos.
Con la propuesta del cambio de la jornada laboral a 37,5 horas, que también afectará al derecho a la desconexión digital convirtiéndolo en un derecho irrenunciable por lo que supone para la salud mental, la sentencia no se anularía de forma automática pero quedaría anulada en el momento en que sindicatos o trabajadores decidiesen reclamar. Tal y como recoge la nueva cláusula, en la que se prohíbe contactar fuera de horario, los trabajadores podrían negarse a entregar sus teléfonos y correos personales, y en el caso de ser contactados por canales corporativos pasarían a contar como horas extras.
Imagen | Bruce Mars
En 3DJuegos | Creíamos que la Generación Z abandonaba sus trabajos por falta de compromiso. Defienden que la razón es que "huelen a rancio"
Ver 1 comentarios